El MG310 es un comprobador de resistencia de aislamiento compacto que permite una comprobación/solución de problemas rápida y sencilla de motores, transductores y otros aparatos industriales. Medición de amplio rango de hasta 1000 V con resistencia de aislamiento a 5,5 GΩ. Incluye una funda dura protectora fácil de poner a presión y una bolsa blanda para transportar cómodamente el medidor y los accesorios al siguiente lugar de trabajo o para guardarlos de forma segura. Con medición de baja resistencia y función cero, zumbador de continuidad, pantalla doble grande de 2000 cuentas con retroiluminación, indicación de alta tensión y sobrecarga, funciones de descarga automática y advertencia de salida de tensión, así como indicación de batería baja. Incluye cables de prueba, pinzas de cocodrilo, 6 pilas AA, tapa dura y estuche de transporte blando.
- Productos
- Prueba y medición
- Herramientas eléctricas
- Medidores de resistencia
- Extech MG310
Añadido al carro
Ir al carro
Su pedido cumple los requisitos para el envío gratuito de 2 días y devoluciones fáciles
Especificaciones
Especificaciones generales (Extech)
- Precisión básica de resistencia de aislamiento
- ±5 % de lectura
- Precisión básica de tensión CA
- ±2 % de lectura
- Resistencia
- De 0,00 a 200Ω
- Resistencia de aislamiento
- De 0,00 a 99,9 MΩ, 100 M a 5,5 GΩ
- Tensión de prueba de aislamiento
- 250 V/500 V/1000 V
- Voltaje CA
- De 30 a 600 V
Detalles adicionales
- Alimentación
- 6 pilas AA (1,5 V)
- Categoría de seguridad
- CATIII - 600 V
- Certificaciones
- CE
- Dimensiones
- 150 × 100 × 71 mm (6 × 4 × 2,8")
- Garantía
- 2 años
- Peso
- 0,7 kg (1,5 lbs)
Documentos relacionados
Restricciones de exportación
Restricciones de exportación
La información contenida en esta página se refiere a productos que pueden estar sujetos a la Normativa internacional sobre tráfico de armas (International Traffic in Arms Regulations, ITAR) (título 22 de C.F.R., secciones 120-130) o a la Normativa de administración de exportaciones (Export Administration Regulations, EAR) (título 15 del C.F.R., secciones 730-774) dependiendo de las especificaciones del producto final; la jurisdicción y clasificación se proporcionarán previa solicitud.